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El Compilla
De omisiones y hojas de excel con errores
Impulsar medidas de austeridad alrededor del mundo ha sido el tono de esta decada. La propuesta famosa del 90% de endeudamiento quedo desnudada. Cuando pasara algo similar con el 6% de desempleo, o el 20% de la probleza, para que dejen de ser globalmente aceptables. Cuando nos detendremos a estudiar que es el coeficiente de Gini, y buscaremos medidas que eviten esa piramidalizacion?
Hacer lo que realmente nos gusta
Comparto este interesante video, asi solito ya genera algun interes en investigar sobre Alan Watts
Posicion de la rectoria sobre los PAIS
A punto de perder un servicio de salud con rostro humano
Henning Jensen Pennington
Rector, Universidad de Costa Rica
Los Equipos Básicos de Atención Integral en Salud (EBAIS) fueron el resultado de una
reforma del sistema de salud costarricense. En este reforma confluyeron principios de la
medicina familiar y comunitaria, así como modelos de prevención primaria, promoción
de la salud y rehabilitación. Los EBAIS han constituido un importante dispositivo social
para garantizar la concreción de un derecho humano fundamental, a saber el acceso a
servicios de salud; al mismo tiempo han estimulado la participación ciudadana en las
decisiones del Estado e impulsado un proceso que procura lograr más igualdad y
equidad en este ámbito.
Una investigación realizada por el Centro Centroamericano de Población de la UCR
(Rosero Bixby L. Evaluación del impacto de la reforma del sector de la salud en Costa
Rica mediante un estudio cuasiexperimental. Rev Panam Salud Publica. 2004:15(2):94–
103), estimó que "la adopción de la reforma redujo significativamente la mortalidad de
los niños en 8% y la de los adultos en 2%. El efecto fue de 14% en la mortalidad de
adultos debida a enfermedades transmisibles o desencadenadas por procesos
infecciosos, nulo en la debida a causas sociales y similar al total (2%) en la mortalidad
debida a enfermedades crónicas. Se estima que la reforma salvó aproximadamente 120
vidas de niños y 350 vidas de adultos en el año 2001 únicamente…”
Este estudio se centró en dos variables (mortalidad de niños y adultos y equidad en el
acceso a servicios de salud), pero es probable que beneficios similares puedan
observarse en otros campos. Estos resultados representan una evidencia empírica clara
a favor del modelo de atención integral en salud adoptado por la reforma y explican el
aprecio que los EBAIS gozan de parte de la ciudadanía, la cual fue superando, poco a
poco, su escepticismo inicial frente a estos nuevos programas.
En virtud de la coincidencia de valores y propósitos con la CCSS en esta materia y otros
aspectos, la UCR se propuso desarrollar un emprendimiento social conjunto con dicha
institución, denominado Programa de Atención Integral en Salud (PAIS), cuyo mismo
nombre revela el grado de afinidad entre los intereses y objetivos de ambas instancias,
unidas por medio de una alianza estratégica. A los ejes ya apuntados de los EBAIS, el
PAIS agregaría las dimensiones propias de las actividades universitarias, a saber
docencia, investigación y acción social, amén del trabajo voluntario del estudiantado en
las comunidades, considerado un valor agregado muy importante para los objetivos de
modernización de la prestación de servicios de salud a nivel primario. Esa alianza
estratégica contó, además, con el apoyo del Ministerio de Salud, como parte del
Programa de Modernización del Sector Salud, en cuya formulación y desarrollo participó
la UCR.
La UCR no está facultada para ofrecer servicios públicos de salud; ella tutela un bien
público de otra naturaleza, pero complementario de la salud: el derecho a la educación
superior. Debido a esta circunstancia, la UCR firmó en 1999 un contrato con la CCSS,
institución a la cual la Constitución Política y las leyes de la República le conceden la
administración y el gobierno de los seguros sociales y los servicios públicos de salud.
Sin esa contratación, a la cual accede haciendo uso de las prerrogativas que le otorga la
autonomía universitaria consagrada en el artículo 84 de la Constitución Política, la UCR
no tendría autorización para administrar servicios que son propios de la CCSS.
El PAIS se convirtió en el estandarte de la cooperación entre dos instituciones
emblemáticas del Estado Social costarricense; se sumó a la formación de jóvenes
profesionales en las diferentes disciplinas de la salud que, durante varias décadas, se
han constituido en pilar esencial del bienestar de la ciudadanía.
Este programa no ha estado exento de problemas. Se firmó un contrato entre la UCR y
la CCSS y la gestión administrativa se inició en la Fundación de la Universidad de Costa
Rica para la Investigación (FUNDEVI), un brazo instrumental de la UCR regido por el
derecho privado. Posteriormente, la Contraloría General de la República objetó, en el
año 2001, la gestión administrativa por un tercero de naturaleza jurídica privada.
La CCSS apeló lo resuelto por la Contraloría y solicitó que se autorizara a la UCR
prestar el servicio directamente, excluyendo a FUNDEVI, solicitud que aceptó la
Contraloría, bajo la condición de que los funcionarios del PAIS fueran integrados a la
planilla y el presupuesto de la UCR, con goce de los mismos derechos y condiciones
laborales de los demás funcionarios de la UCR. La CCSS aceptó la condición y firmó el
contrato con la UCR en el año 2003. Así, el traslado a la UCR implicó la inserción del
PAIS en un régimen laboral con condiciones salariales distintas a las originales, hecho
que fue aceptado por la CCSS.
A raíz de la amplia discusión pública de los últimos meses, la ciudadanía conoce las
vicisitudes y el destino actual de este programa. Valga recordar que la UCR, en aras de
salvar al PAIS, le ha otorgado a la CCSS una prórroga tras otra desde el 2009, año en
que venció el contrato, señalándole finalmente una última prórroga en marzo del 2012 y
estableciendo que la relación contractual terminaría el 31 de diciembre de ese mismo
año. En esta fecha, se firmó una adenda de transición al contrato que contenía, entre
otras cláusulas, una nueva prórroga por tres meses (hasta el 31 de marzo del 2013) y el
compromiso de la CCSS de reconocer los costos reales del PAIS a partir de enero del
2013, pagaderos por mes vencido, para lo que ambas instituciones conformarían una
comisión técnica mixta que determinaría los costos reales del PAIS.
La situación actual es harto conocida: el pasado 28 de febrero, la Junta Directiva acordó
solicitarle a la UCR una nueva prórroga hasta abril del 2014, en las condiciones
contractuales vigentes en el 2012. Este acuerdo equivale de facto a desconocer la
adenda al contrato firmada en diciembre del 2012 y sus diferentes cláusulas, lo cual es
improcedente, como lo señaló la Defensoría de los Habitantes al exhortar a la CCSS a
respetar lo pactado con la UCR.
Los costos reales del PAIS han representado un motivo de diferendo entre ambas
instituciones, cuyas relaciones, en otros aspectos, han sido y permanecen incólumes y
pacíficas. En la UCR, hemos señalado con reiteración que la CCSS no reconoce el valor
agregado que aportamos, es decir todo aquello que se deriva de cientos de proyectos
de investigación y acción social que enriquecen a los EBAIS que administramos,
además de las contribuciones provenientes de los proyectos de Odontología y Nutrición,
cuya atención tiene importantes efectos positivos sobre la salud de la población.
Créditos con piso pero sin techo
Enero de 2009: año nuevo proyectos nuevos, recibía ese mes la aprobación del tan ansiado crédito para la compra de terrenos y construir lo que sería mi futura casa y negocio. Fue larga la búsqueda pero pude encontrar un fenomenal plazo de 30 años con una cuota por millón de ¢12,083 en ese entonces.
La TBP estaba en 11.50% y el crédito era +3 pts para un piso de 14.50%, cosa que me pareció bien ya que a excepción de 2008, en enero de 2007 la TBP había alcanzado 11.25% y ni que decir de enero de 2006 con 15.25% y 2005 con 14.25% de TBP. Ese era el momento para embarcarse.
Los meses transcurrieron con calma, solo con unos pocos sustos donde la cuota subió casi en ¢500 por millón. Sin embargo a finales de año y comienzo de 2010 leía con más frecuencia que la TBP venía descendiendo, en fin no le prestaba mucha atención porque tenía que velar por mi incipiente negocio.
Seguían las mismas noticias y ya estábamos en mayo de 2011 con una TBP de 7%, segunda vez que llegaba a ese valor. Hice un ejercicio rápido y calculé que la cuota por millón sería de ¢8,200 mientras que yo pagué en ese momento ¢12,018 no miento si digo que me dolieron mucho esos casi ¢4,000 que pagué de más.
El tiempo pasaba rápido, ya noviembre de 2011 y el negocio caminaba bien, cerramos el año fiscal y pudimos ahorrar un monto importante al menos por unos meses ya que no necesitábamos esos recursos, el primer cupón mensual por millón fue de poco más de seis mil colones ya que la TBP andaba alrededor de 8%. Esto me hizo pensar nuevamente que mi cuota por millón era el doble.
Siempre siguieron las noticias de la TBP, gente escandalizada cuando alcanzó 11% pero al final bajó, sinceramente ya dejó de preocuparme aunque me pregunto que hubiera pasado si mi crédito no tuviera piso.
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Este caso es inventado pero con él pretendo ilustrar a grandes rasgos la noticia de esta semana sobre la condena del Banco Nacional a pagar $288,000 a un cliente, que se origina en una clausula abusiva que le puso piso a su crédito pero no techo. Este crédito estaba ligado a la tasa Libor y con este caso extrapolado a la TBP solo pretendo simular una situación parecida.
Un crédito con piso a largo plazo se comporta como la línea verde de la gráfica en cuanto al pago de intereses, decreciendo lentamente al ser el principal componente de la cuota durante el inicio. La línea roja es el pago de intereses si el crédito del caso no tuviera piso y se ajustara al inicio de mes con la TBP vigente.
Se ejemplifica así que cuando el crédito tiene piso el cliente no se beneficia de las variaciones de la TBP por debajo del mismo, y por el contrario cuando esta se incrementa se puede enfrentar a una cuota mayor como en los picos al inicio del caso. De alguna forma el afán del banco por asegurar ingresos terminará por exponer a mayor riesgo de no pago a sus clientes, con el consiguiente detrimento de sus propios indicadores.
Por último incluí la línea azul que corresponde a los intereses que generaba ¢1 mm a la TBP vigente al inicio de enero y julio de cada año. Esto para mostrar que a diferencia del cliente, el banco puede modificar su tasa pasiva y ajustarse en alguna medida a la situación de mercado mientras que el cliente solo tiene 2 opciones: pagar lo de siempre o aún más.
Claramente hay un tema en los bancos de calce de plazos, etc y solo busco mostrar que existe el abuso en clausulas de creditos como lo determinó el Centro de Conciliación.
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